LA OTRA UTILIDAD DE LOS SEGUROS: EL PAGO DE LOS GASTOS DEL ABOGADO DE MI ELECCION.
Hoy por hoy es prácticamente obligatorio para vivir en sociedad tener contratados varios seguros para estar prevenidos ante los posibles riesgos o problemas que pudieran surgir.
En lo que se refiere a la conducción de vehículos esta obligación viene impuesta, pero no en otros casos como en la contratación de seguros de hogar o de defunción que, salvo imposición bancaria, son contratados por tradición o miedo a lo que pueda pasar.
Resulta evidente que en muchas ocasiones pasan los años, se van pagando las primas y el seguro no se utiliza dado que no surge el riesgo principal por el que se han contratado, lo que frustra al asegurado y hace que no vea útil a ese seguro por el que paga religiosamente.
Lo que la mayor parte de la gente desconoce es que esas pólizas sirven para otro tipo de incidencias que no son la principal, y estas son la posibilidad de que por medio del seguro podamos contratar los servicios de un abogado de nuestra confianza, para solucionar los problemas legales de la rutina diaria, es lo que se conoce como DEFENSA JURIDICA, que está incluida en la mayor parte de las pólizas del mercado.
La Defensa jurídica es una cobertura que en caso de estar incluida en las condiciones de la póliza contratada, obliga a la aseguradora a cubrir los gastos judiciales (abogado y procurador) para casi cualquier conflicto que se nos plantée.
Son muchos los casos en los que se necesita asesoramiento judicial para interponer una denuncia o reclamación y es fácil desconocer que este servicio lo tenemos ya contratado y pagado con el seguro.
Vemos a continuación con más detalle qué casos concretos cubre la defensa jurídica para poder utilizar sus servicios en caso de que nos surja algún conflicto.
Por lo que respecta al seguro más conocido por su obligatoriedad, el de automóviles, la cobertura de defensa jurídica sirve, no sólo para que la compañía nos facilite asesoramiento y tramite el siniestro, sino para que seamos nosotros quienes elijamos a qué profesional podemos acudir para que reclame nuestras lesiones o daños y poder incluso reclamar a nuestro propio seguro,cuando se trate de un daño propio, la indemnización que ha de abonarnos por una pérdida total del vehículo.
Es aquí donde la elección por parte del asegurado de un profesional independiente redunda en su beneficio, pues generalmente cuanto mejor es el resultado final para el cliente también lo es para el abogado. Por ello la implicación profesional será mayor y realizará su trabajo de manera más diligente y exclusiva.
No obstante no es tan conocida la posibilidad que esa cobertura de defensa jurídica ofrece en otro tipo de pólizas, como las de HOGAR o SEGUROS MEDICOS o de DEFUNCIÓN qué riesgos tenemos cubiertos cuando no somos conductor o propietario de un vehículo.
Las coberturas de la Defensa jurídica varían mucho de unas compañías a otras. Sin embargo generalmente están cubiertos los que indicamos a continuación:
- Los gastos necesarios para reclamar indemnizaciones por los daños que el asegurado haya sufrido en su persona y bienes, y que estén fuera de una relación de contrato (caídas en la vía pública, lesiones sufridas como acompañante en un accidente tráfico cuando la culpa del siniestro sea del vehículo en el que viajamos, atropellos, lesiones sufridas por algún tipo de agresión…)
- Las reclamaciones en el ámbito de la vivienda (como por ejemplo obras de reparación y mantenimiento, reclamaciones frente a la comunidad de propietarios, actividades molestas, etc)
- Los conflictos por problemas de consumo (compraventa de bienes, contratos de suministros, y otros servicios diversos…).
- La defensa penal del asegurado, cuando no exista mala fe.
- Reclamaciones en temas laborales, en la que se incluye la defensa y reclamación del asegurado como trabajador y conflictos relacionados con el servicio doméstico.
Además las coberturas de estos seguros (sobre todo los de hogar) suelen ser muy altas, de más de 3.000€, lo que hace que se puedan cubrir sin problema todos los gastos del proceso que se trate.
Por lo tanto, cuando se nos planteé un problema de los mencionados lo primero que debemos hacer es mirar en nuestras pólizas y verificar la existencia de esa cobertura de defensa jurídica, consultar al abogado de nuestra elección, y que él se encargue del resto, dándole así una utilidad a nuestro seguro que nunca se nos había planteado.
María Fernández-Casas
Abogado
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